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El proceso sucesorio (probate) de Colorado, explicado

La sucesión (probate) es el proceso judicial para liquidar el patrimonio de una persona después de su muerte. Así funciona en Colorado, sus tipos principales y qué esperar. Información general, no asesoría legal.

Se muestra en su idioma como traducción automática, pendiente de revisión por un hablante nativo. Los resúmenes de los estatutos y el original en inglés siguen siendo la fuente de referencia.

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¿Qué es el probate?

La sucesión es el proceso judicial que liquida el patrimonio de una persona fallecida: admitir el testamento, si lo hay, nombrar a un representante personal, pagar las deudas y gastos válidos y distribuir lo restante a los herederos o beneficiarios. En Colorado puede tramitarse de forma informal, mediante una solicitud al registrador del tribunal (C.R.S. §15-12-301), o formal, ante el tribunal tras notificación y audiencia (§15-12-401). Los bienes que pasan de otra forma (un fideicomiso con fondos, designaciones de beneficiario, bienes en copropiedad) por lo general no pasan por la sucesión.

Los tipos principales de probate en Colorado

Sucesión y nombramiento informales

Una solicitud al registrador del tribunal, verificada por el solicitante, pide que se admita el testamento o se nombre a un representante personal (C.R.S. §15-12-301), por lo general dentro de los tres años siguientes a la muerte. Salvo que alguien pida una administración supervisada, el representante personal administra luego sin supervisión continua del tribunal.

Procedimiento formal y administración supervisada

Un procedimiento formal de testamentaría es un litigio, tras notificación y audiencia, para determinar si el difunto dejó un testamento válido (C.R.S. §15-12-401). La administración supervisada mantiene todo el patrimonio bajo la autoridad continua del tribunal hasta que este aprueba la distribución y libera al representante personal (§15-12-501).

Patrimonios pequeños

Cuando los bienes sujetos a sucesión del difunto, descontados los gravámenes, no valen más del doble de la cantidad de bienes exentos ajustada, un sucesor puede cobrar los bienes muebles y las deudas a favor del difunto mediante declaración jurada diez o más días después de la muerte (C.R.S. §15-12-1201); un patrimonio que no supere las asignaciones y ciertos gastos puede distribuirse sin notificar a los acreedores (§15-12-1203).

Qué ocurre en un probate de Colorado

  1. Solicite al registrador la sucesión o el nombramiento informales, o pida al tribunal un procedimiento formal, y obtenga el nombramiento de un representante personal (C.R.S. §§15-12-301, 15-12-401).
  2. Dentro de los 30 días siguientes al nombramiento, informe del nombramiento a los herederos y legatarios (C.R.S. §15-12-705), y publique un aviso a los acreedores no menos de tres veces, una en cada una de tres semanas naturales consecutivas (§15-12-801).
  3. Dentro de los tres meses siguientes al nombramiento, prepare un inventario de los bienes del patrimonio con su valor a la fecha de la muerte, y envíe una copia a los interesados que la pidan (C.R.S. §15-12-706).
  4. Pague las reclamaciones válidas, los impuestos y los gastos de administración: una reclamación no presentada a tiempo prescribe y, en todo caso, al año de la muerte (C.R.S. §15-12-803).
  5. Distribuya lo restante y cierre el patrimonio mediante la declaración jurada de cierre del representante personal, presentada no antes de seis meses después del nombramiento o de un año después de la muerte, lo que ocurra primero (C.R.S. §15-12-1003).

¿Se puede evitar el probate en Colorado?

A menudo, en parte: un fideicomiso en vida revocable con fondos, las designaciones de beneficiario o de pago por fallecimiento, la tenencia conjunta que declara la escritura (C.R.S. §38-31-101) y una escritura de beneficiario inscrita en vida (§15-15-402) por lo general pasan fuera de la sucesión. Lo que funciona depende de cómo está titulado cada bien. Esta página es información general, no asesoría legal; una evaluación gratuita del rol puede mostrarle su situación, y un abogado de Colorado puede asesorarle sobre su patrimonio.

Información general sobre la ley de Colorado, no asesoramiento legal.