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Poderes notariales y directivas anticipadas en Míchigan

La planificación patrimonial no se trata solo de la muerte — se trata de quién habla por usted si usted no puede. Estos son los documentos de Míchigan que abordan la incapacidad. Información general, no asesoría legal.

Se muestra en su idioma como traducción automática, pendiente de revisión por un hablante nativo. Los resúmenes de los estatutos y el original en inglés siguen siendo la fuente de referencia.

¿No está seguro de qué directivas necesita? Una verificación de rol gratuita le muestra dónde se encuentra.

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Qué son las directivas anticipadas

Las directivas anticipadas son documentos que firma mientras tiene capacidad y que permiten a personas de confianza tomar decisiones por usted —financieras y médicas— si una enfermedad o lesión le impide decidir más adelante. Sin ellas, su familia podría tener que pedir a un tribunal de Míchigan que nombre un tutor o un curador, lo que lleva tiempo y gastos.

Los documentos principales de Míchigan

Poder notarial duradero (MCL 556.205)

Autoriza a un agente a manejar sus finanzas y bienes. Según la Ley Uniforme de Poderes Notariales de Míchigan, un poder es duradero —sigue vigente durante su incapacidad— cuando se reconoce ante un notario o se firma ante dos testigos que no sean agentes nombrados en él (MCL 556.204, 556.205), y surte efecto al firmarse salvo que fije una fecha o un hecho posterior, como su incapacidad (MCL 556.209); por eso importa a quién nombra y qué concede.

Designación de defensor del paciente (MCL 700.5506)

Nombra a un defensor del paciente —una persona de 18 años o más— para tomar decisiones sobre su cuidado, custodia y tratamiento médico cuando usted no pueda participar en ellas; usted la firma estando en pleno juicio, fechada y con dos testigos que la ley no excluya, y el defensor firma una aceptación antes de actuar (MCL 700.5506; MCL 700.5507, 700.5508).

Sus deseos sobre el tratamiento, en la designación

Míchigan no tiene una ley específica de testamento vital. Una designación de defensor del paciente puede expresar sus deseos sobre cuidado, custodia y tratamiento médico, y pasa a formar parte de su historial médico (MCL 700.5507); la autoridad del defensor comienza solo cuando usted no puede participar en las decisiones sobre su tratamiento médico (MCL 700.5508).

Nombramiento de tutor y autorización HIPAA

Si alguna vez llega a ser necesaria una tutela, un tribunal de Míchigan da prioridad a la persona que usted eligió o designó —incluso en un poder notarial duradero— y a su defensor del paciente o agente (MCL 700.5313), y un poder notarial puede designar un curador o tutor para un procedimiento posterior (MCL 556.208); una autorización HIPAA permite que las personas nombradas reciban su información médica. A menudo se añade para completar el conjunto.

Por qué los necesita incluso con un fideicomiso

Un fideicomiso revocable en vida maneja los bienes que están dentro de él, pero no toma decisiones médicas y no cubre los bienes que nunca transfirió. Las directivas anticipadas llenan esos vacíos — y junto con un testamento y un fideicomiso, mantienen las decisiones en manos de las personas que usted eligió, no de un tribunal.

Armar el conjunto en Míchigan

Qué directivas necesita, y cómo se redactan, depende de su situación, su familia y sus deseos. Esta página es información general, no asesoría legal. Una verificación de rol gratuita puede indicarle el siguiente paso, y un abogado de Míchigan puede preparar directivas que se ajusten a usted.

Información general sobre la ley de Míchigan, no asesoramiento legal.