Se muestra en su idioma como traducción automática, pendiente de revisión por un hablante nativo. Los resúmenes de los estatutos y el original en inglés siguen siendo la fuente de referencia.
¿Quiere decidir quién hereda en lugar del estado? Una verificación de rol gratuita le muestra dónde se encuentra.
Comenzar la evaluación de función gratuitaQué significa «intestado»
Morir “intestado” significa morir sin un testamento válido. Las leyes de sucesión intestada de Míchigan (MCL 700.2102, MCL 700.2103) fijan entonces un orden de quién hereda sus bienes sucesorios —sin importar lo que usted habría querido—, dividiendo una porción entre parientes per cápita en cada generación (MCL 700.2106), y las cantidades de la porción del cónyuge se ajustan cada año por el costo de vida (MCL 700.1210). Los bienes que pasan fuera de la sucesión (un Fideicomiso con fondos, designaciones de beneficiario, bienes en copropiedad) siguen sus propias reglas, no la sucesión intestada.
Quién hereda según la ley de Míchigan
- Cónyuge sin descendientes: el cónyuge sobreviviente hereda todo si no sobrevive ningún progenitor del difunto; si sobrevive uno, el cónyuge recibe los primeros $150,000, ajustados según el año del fallecimiento ($301,000 en 2026), y las tres cuartas partes del resto (MCL 700.2102).
- Cónyuge y solo descendientes comunes: si todos los descendientes sobrevivientes del difunto lo son también del cónyuge sobreviviente, el cónyuge recibe los primeros $150,000, ajustados según el año del fallecimiento, y la mitad del resto, tenga o no otros descendientes; los descendientes del difunto se reparten el saldo (MCL 700.2102).
- Familia reconstituida: si algunos de los descendientes sobrevivientes del difunto no lo son también del cónyuge sobreviviente, el cónyuge recibe los primeros $150,000 y la mitad del resto; si ninguno lo es, los primeros $100,000 y la mitad del resto —cada cantidad ajustada según el año del fallecimiento—, y los descendientes del difunto se reparten el saldo (MCL 700.2102).
- Sin cónyuge sobreviviente — los bienes pasan a los descendientes, luego a los padres, luego a los hermanos, y hacia afuera por el árbol genealógico (MCL 700.2103).
La porción del cónyuge y los hijos menores
En Míchigan, cuando no hay testamento, el cónyuge sobreviviente hereda todo el patrimonio solo si no sobrevive ningún descendiente ni progenitor del difunto; en otro caso recibe una primera cantidad —$150,000, o $100,000 si ninguno de los descendientes del difunto lo es también del cónyuge, cada una ajustada según el año del fallecimiento— más la mitad o las tres cuartas partes del resto (MCL 700.2102). Y la sucesión intestada nunca le permite nombrar un tutor para los hijos menores ni fijar condiciones sobre lo que reciben. Esas son justamente las carencias que cubre un plan.
¿El estado se queda con todo?
Casi nunca. Los bienes solo «revierten» (escheat) al Estado de Míchigan como último recurso cuando no se puede encontrar a ningún heredero — lo cual es raro. El verdadero costo de morir intestado no es que el estado se quede con sus bienes; es perder el control sobre quién los recibe, quién cría a sus hijos menores y cuánta demora y conflicto enfrenta su familia.
Recupere la decisión
La sucesión intestada es el plan que el estado escribe cuando usted no escribe el suyo — y rara vez coincide con lo que la gente realmente quiere. Esta página es información general, no asesoría legal. Una verificación de rol gratuita puede indicarle el siguiente paso, y un abogado de Míchigan puede ayudarle a establecer un plan.
Información general sobre la ley de Míchigan, no asesoramiento legal.